Promoción de la autonomía

Andalucía: ya puedes solicitar la Ayuda para la promoción de la autonomía de personas con discapacidad

Ya está abierto el plazo para solicitar las ayudas para la promoción de la autonomía de personas con discapacidad en Andalucía. Hoy te cuento en qué consisten, los plazos y requisitos para solicitarla.

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ha publicado la convocatoria de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad para la concesión de subvenciones destinadas a la implantación de nuevas tecnologías, la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente y la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad en el marco del Plan Andalucía + Accesible.

Estas ayudas se convocan en régimen de concurrencia no competitiva por un importe de 3,5 millones de euros, con cargo a fondos de la Unión Europea (Next GenerationEU)

Objeto de la Convocatoria 2023 de Ayudas para la promoción de la autonomía de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Andalucía

La convocatoria para el ejercicio 2023 está dirigida a personas físicas con discapacidad para la implantación de nuevas tecnologías y adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente, y tiene como objetivo facilitar y promover la autonomía de las personas con discapacidad de Andalucía mediante la dotación de herramientas, métodos y dispositivos que mejoren la accesibilidad, la calidad de vida y su inclusión social.

En concreto, se podrán conceder subvenciones destinadas a la adquisición de cualquier producto (incluyendo dispositivos, equipos instrumentos y software) fabricado especialmente o disponible en el mercado, utilizado por y para personas con discapacidad destinado a facilitar su participación en la sociedad, prevenir deficiencias, limitaciones en la actividad o restricciones en la participación.

Así, se subvencionarán equipamiento informático o tecnológico, aplicaciones informáticas, dispositivos o elementos periféricos, soluciones de domótica para favorecer la autonomía en el hogar, soluciones de accesibilidad en el hogar (grúas móviles y de techo, salvaescaleras, camas eléctricas elevables en altura o butacas eléctricas multifunción), soluciones de movilidad urbana o funcionalidades, y por último, adaptaciones de vehículos para personas con movilidad reducida (rampa eléctrica, adaptación del asiento del vehículo para facilitar transferencia, grúa para transporte en silla de ruedas o adaptación de los mandos de conducción del vehículo).

Quién puede solicitar las Ayudas para la promoción de la autonomía de personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma Andaluza

Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas con discapacidad que tengan reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33%, residentes en algún municipio andaluz y cuya renta per cápita de la unidad económica de convivencia no sea superior a 2,5 veces el IPREM, entre otros requisitos.

Plazos para solicitar las Ayudas para la promoción de la autonomía de personas con discapacidad en Andalucía

Podrás solicitar estas ayudas desde el 31 de octubre de 2023 hasta el 21 de noviembre de 2023, ambos incluidos.

Requisitos para solicitar las Ayudas para la promoción de la autonomía de personas con discapacidad en Andalucía

1. Tener reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33% y poseer resolución de reconocimiento del grado a la fecha de presentación de la solicitud.

2. Estar empadronado en algún municipio andaluz a la fecha de publicación de la convocatoria. 

3. Que la renta per cápita de la unidad económica de convivencia no sea superior a 2,5 veces el IPREM, entendiendo por unidad económica de convivencia a todas aquellas personas que convivan en el domicilio de la persona solicitante y se encuentren incluidas en el certificado o volante de empadronamiento conjunto o colectivo. Tanto para el cálculo de la renta per cápita como para el IPREM, se tomará como referencia el año correspondiente al último ejercicio fiscal con plazo de presentación de la declaración de renta vencido.

Este requisito no será de aplicación cuando la persona beneficiaria de la ayuda sea un menor de edad en acogimiento familiar o en guarda con fines de adopción.

4. Disponer de un presupuesto cierto, detallado y conforme a la finalidad del producto solicitado que recoja sus características, marca y modelo.

5. Se exigirá Informe Técnico de Idoneidad, conforme al Anexo III, emitido por profesional facultativo colegiado,(médico, psicólogo, logopeda, fisioterapeuta, terapeuta ocupacional…) en el que se hará constar, debidamente identificado, el producto de apoyo para el que se solicita la subvención y su correlativa adecuación para ser utilizado por la persona con discapacidad solicitante para facilitar y satisfacer su participación en la sociedad, proteger, apoyar, entrenar, medir o sustituir funciones y/o estructuras corporales y actividades, o prevenir deficiencias, limitaciones en la actividad o restricciones en la inclusión y participación. En el supuesto de que el producto haya sido adquirido con anterioridad a la solicitud de ayuda, el informe técnico de idoneidad, aunque sea emitido con posterioridad a la adquisición, deberá justificar los mismos extremos.

Documentación a presentar para la solicitud de Ayudas para la promoción de la autonomía de personas con discapacidad en Andalucía

1. Certificado o volante de empadronamiento colectivo histórico familiar.

2. Documentación acreditativa de la situación económica de todos los miembros de la unidad económica de convivencia que consistirá en copia de la última declaración presentada del IRPF cuyo plazo de presentación esté cerrado a la fecha de publicación de la convocatoria de todos sus componentes y/o, en su caso, de no estar obligados a realizarla y obtener otros ingresos no incluidos en dicha declaración, una declaración responsable de los ingresos obtenidos en el mencionado ejercicio.

En su caso, la declaración tributaria o de ingresos podrá ser sustituida por una autorización de cada uno de los miembros de la unidad económica de convivencia al órgano gestor que tramite la subvención, para recabar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y, la Agencia Tributaria de Andalucía, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Consejería competente en materia de servicios sociales y la Consejería competente en materia de Hacienda de la Junta de Andalucía, así como a cualquier otro organismo, la información que proceda.

3. Documentación acreditativa del acogimiento familiar o guarda con fines de adopción.

4. El presupuesto detallado o factura detallada del gasto conforme a la finalidad del concepto subvencionado que recoja sus características, marca y modelo.

5. Informe Técnico de Idoneidad conforme a formulario Anexo III. En el caso de soluciones de movilidad urbana y/o funcionalidades, deberá dejarse constancia en el mismo del cumplimiento de los requisitos indicados en el apartado 2. a).6 del presente cuadro resumen.

6. Declaración responsable relativa a la ausencia de conflicto de intereses, conforme al Modelo IV.A de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.

7. Declaración responsable sobre aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, conforme al Modelo Anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.

8. Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, conforme al Modelo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.

9. En la categoría “adaptación de vehículo a motor”, copia del permiso de conducir. Cuando la persona beneficiaria última de esta ayuda sea un/una menor de edad, el permiso de conducir será presentado en su caso por el padre, la madre, la pareja de hecho de cualquiera de los progenitores o la persona representante legal.

Los siguientes extremos se acreditarán mediante declaración responsable en el formulario Anexo II:

a) En su caso, compromiso de aportar el importe exacto de la cuantía de fondos propios a asignar a la adquisición de los dispositivos o productos subvencionables.

b) Declaración responsable relativa a la obligación de conservar los documentos justificativos y demás documentos concernientes a la financiación en formato electrónico durante un período de 3 años a partir de la operación, de conformidad con el artículo 22.2.f) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo y del artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) nº 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013,(UE) nº 1303/2013, (UE) nº 1304/2013,(UE) nº 1309/2013, (UE) nº 1316/2013, (UE) nº 223/2014 y (UE) nº 283/2014 y la Decisión nº 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 (DO L 193 de 30.7.2018, p. 1), por ser el importe de la subvención inferior a 60.000 euros.

c) Declaración responsable relativa a la concesión de los derechos y accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes, ejerzan sus competencias.

d) Declaración responsable relativa al sometimiento a las actuaciones de comprobación por el órgano concedente sobre el cumplimiento de las obligaciones y requisitos previstos en las bases reguladoras, así como a las actuaciones de verificación y control por los órganos competentes tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

e) Declaración responsable relativa al sometimiento a las actuaciones de comprobación y control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía, en relación con los incentivos y ayudas concedidas y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía, facilitando cuanta información le sea requerida por dichos órganos.

Formularios para la solicitud de Ayudas para la promoción de la autonomía de personas con discapacidad en Andalucía

 

Cómo solicitar las Ayudas para la promoción de la autonomía de personas con discapacidad en Andalucía

Presencialmente

El medio de presentación dependerá de lo que establezca la normativa que regule este procedimiento. Si el procedimiento es exclusivamente telemático, no podrás presentar la solicitud en una oficina de asistencia en materia de registros.

Plazo de resolución de las Ayudas para la promoción de la autonomía de personas con discapacidad en Andalucía

Plazo: 40 Días. El plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento se fija hasta el 31 de diciembre de 2023.

El Silencio administrativo se considera: Negativo.

Seguimiento

En este apartado puedes consultar la información asociada al procedimiento en los diferentes estados hasta su resolución definitiva.

Estado de tramitación: Información pública:

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