El pasado 20 de abril se publicó la resolución de la Secretaría de Estado de Educación la convocatoria sobre Becas para el próximo curso 2023-2024, destinadas al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, ya sea por discapacidad o diagnosticado de autismo (TEA), trastorno por déficit de atención por hiperactividad (TDAH), trastorno grave de conducta, trastorno grave de la comunicación y el lenguaje, Altas Capacidades (AACC).
Hoy te cuento la información más interesante, los plazos, requisitos y cuantías para que puedas solicitarlas para tu hijo o hija.
Becas 2023/2024. Novedad: subsidio de 400 euros.
La novedad más importante de la convocatoria 2023-2024 es el nuevo subsidio de 400 euros para gastos adicionales de carácter general derivados de la escolarización de estudiantes con necesidades específicas de apoyo educativo.
Este subsidio de 400 euros en las Becas se justifica en que las familias con peques que tienen estas necesidades asumen unos costes adicionales muy significativos para atender los requerimientos vitales de sus hijos e hijas, lo que, unido a las circunstancias económicas actuales, hace preciso un soporte extraordinario, que se sumará a las cuantías que ya figuraban en convocatorias anteriores, resultando un incremento adicional de las ayudas con este subsidio.
¿A qué alumnado le corresponde el nuevo subsidio de 400 euros de las Becas MEC para ACNAE?
El nuevo subsidio de 400 euros para gastos adicionales de carácter general derivados de la
escolarización de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo, según establece el artículo 7 del Real decreto 117/2023 de 21 de febrero modificado por el RD 144/2023 de 28 de febrero, será destinado al alumnado con:
- discapacidad igual o superior al 33%
- trastorno grave de conducta (TGC)
- trastorno grave de la comunicación y del lenguaje.
- trastorno del espectro autista (TEA)
- altas capacidades intelectuales (AACC)
¿Qué tipos de ayudas contemplan las becas?
Las becas cuentan con:
- ayudas directas,
- subsidios,
- ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada,
- subsidio de cuantía fija para gastos adicionales (los tan nombrados 400 euros)
Se convocan, para el curso 2023-2024, las siguientes:
Para alumnado con Discapacidad, Trastorno Grave de Conducta, Trastorno grave de la comunicación y el lenguaje, Trastorno de Atención por Hiperactividad (TDAH) o Trastorno del Espectro Autista (TEA):
- Ayudas directas: consisten en una cuantía de dinero para cubrir determinados servicios o apoyos durante la escolarización.
- Subsidio de cuantía fija: 400 euros.
Para alumnado con Discapacidad, Trastorno Grave de Conducta, Trastorno grave de la comunicación y el lenguaje o Trastorno del Espectro Autista (TEA) pertenecientes a familias numerosas:
- Subsidios: si no se cumplen los requisitos económicos para acceder a las ayudas directas, se convocan unos subsidios para este alumnado siempre que formen parte de una familia numerosa (FN), destinado a cubrir algunos servicios durante la escolarización (comedor, ruta).
Para alumnado con Altas Capacidades:
- La ayuda de apoyo educativo a alumnos con altas capacidades es única y va dirigida a la asistencia a programas específicos siempre que estos programas sean un complemento a sus estudios, siempre que no le sea posible asistir a un programa similar que se imparta de forma gratuita por la administración educativa.
- Subsidio de cuantía fija: 400 euros.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar las becas?
Existen algunas excepciones y matices que no incluyo en este resumen de requisitos. Si tienes dudas sobre tu caso, contacta con la administración responsable de las Becas o lee la convocatoria de estas ayudas. Tienes los accesos directos un poco más adelante, en este mismo post.
Alumnado con discapacidad, autismo (TEA), TDAH, trastorno grave de la comunicación y el lenguaje o trastorno grave de conducta
Los alumnos que presentan necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de su discapacidad, trastorno del espectro autista (TEA), trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH), trastorno grave de la comunicación y el lenguaje o trastorno grave de conducta podrán obtener las ayudas o subsidios cuando reúnan los siguientes requisitos.
Requisitos generales
- Tener 2 años o más a 31 de diciembre de 2022.
- Estar escolarizado en un centro específico de educación especial o en un centro ordinario que tenga unidades de educación especial o que esté autorizado para escolarizar a alumnos con necesidades educativas especiales.
- Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
- Educación Infantil.
- Educación Primaria.
- Educación Secundaria Obligatoria.
- Bachillerato.
- Ciclos formativos de grado medio y superior.
- Enseñanzas artísticas profesionales.
- Ciclos Formativos de Grado Básico
- Programas de formación para la transición a la vida adulta.
- Otros programas formativos de formación profesional a los que se refiere la disposición adicional cuarta del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero.
Requisitos específicos para cada tipo de alumnado:
Alumnado con discapacidad | Certificado de discapacidad igual o superior al 33 % |
Alumnado con trastorno grave de conducta o trastorno grave de la comunicación y el lenguaje (que no tengan certificado de discapacidad) | Certificado del equipo de orientación educativa y psicopedagógica, del departamento de orientación de tu centro educativo o de la comunidad autónoma. El certificado debe ajustarse al modelo que obtendrás cuando rellenes el formulario |
Alumnado diagnosticado de autismo ( TEA, trastorno del espectro autista) (que no tengan certificado de discapacidad) | Los dos siguientes: *Certificado médico de los servicios de salud sostenidos con fondos públicos. *Certificado del equipo de orientación educativa y psicopedagógica, del departamento de orientación de tu centro educativo o de la comunidad autónoma. El certificado debe ajustarse al modelo que obtendrás cuando rellenes el formulario. |
Requisitos específicos para solicitar las ayudas de reeducación pedagógica y/o del lenguaje:
- Informe de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del Departamento de Orientación para indicar qué tipo de asistencia necesitas, duración, etc.
- Certificado del inspector de zona para acreditar que necesitas estos tratamientos porque esta ayuda no la ofrece tu centro o porque no puedes matricularte en un centro en el que se preste.
- Memoria del centro donde vas a recibir la reeducación que informe sobre las características del tratamiento, su duración y el coste.
- Declaración responsable de la persona que va a impartir la reeducación. Debe acreditar que tiene la formación necesaria para ello.
Alumnado con Altas Capacidades
Los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales podrán obtener la ayuda cuando reúna los siguientes requisitos:
- Tener 6 años o más a 31 de diciembre de 2023.
- Estar matriculado en alguno de los estudios para los que se puede pedir esta ayuda:
- Educación Primaria.
- Educación Secundaria Obligatoria.
- Bachillerato.
- Ciclos formativos de grado medio y superior.
- Enseñanzas artísticas profesionales.
- Presentar necesidad específica de apoyo educativo asociada a alta capacidad intelectual siempre que dicha necesidad haya sido acreditada mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.
Requisitos económicos para todos los casos
Las Becas serán denegadas en aquellos casos en que el umbral de la renta y/o patrimonio familiar supere las cuantías establecidas en el reglamento, previa deducción de algunos importes que también puedes comprobar en el BOE.
Ten en cuenta que no podrás recibir una ayuda si tu unidad familiar se encuentra en alguna de estas cuatro situaciones:
- Supera el límite o umbral de renta que se establecen en la convocatoria.
- Los rendimientos netos del capital mobiliario más las ganancias patrimoniales de la unidad familiar son superiores a 1.700 euros durante el año 2022. No se incluirán en esta suma las subvenciones recibidas para adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, el Bono Cultural Joven, ni el importe de los premios en metálico o en especie obtenidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias hasta 1.500 euros. Las ganancias patrimoniales derivadas de los mencionados premios se computarán de acuerdo con la normativa del IRPF. Tampoco se incluirán las subvenciones recibidas al amparo del Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma.
- La suma de los valores catastrales de las propiedades inmobiliarias distintos de la vivienda habitual superan los límites establecidos en la convocatoria, en este caso, 42.900 euros, siendo aplicables a dichas construcciones los coeficientes multiplicadoras en función del año de la última revisión catastral:
- En caso de inmuebles en los que la fecha de efecto de la última revisión catastral estuviera comprendida entre el 1 de enero de 1990 y el 31 de diciembre de 2002 se multiplicarán los valores catastrales por 0,49. En el caso de que la fecha de la mencionada revisión fuera posterior al 31 de diciembre de 2002, los valores catastrales se multiplicarán por los coeficientes siguientes:
- Por 0,43 los revisados en 2003
- Por 0,37 los revisados en 2004
- Por 0,30 los revisados en 2005
- Por 0,26 los revisados en 2006
- Por 0,25 los revisados en 2007
- Por 0,25 los revisados en 2008
- Por 0,26 los revisados en 2009
- Por 0,28 los revisados en 2010
- Por 0,30 los revisados en 2011
- Por 0,32 los revisados en 2012
- Por 0,34 los revisados en 2013
- Por 0,36 los revisados de 2014 a 2021 ambos inclusive
- Por 0,35 los revisados en 2022
- En caso de inmuebles en los que la fecha de efecto de la última revisión catastral estuviera comprendida entre el 1 de enero de 1990 y el 31 de diciembre de 2002 se multiplicarán los valores catastrales por 0,49. En el caso de que la fecha de la mencionada revisión fuera posterior al 31 de diciembre de 2002, los valores catastrales se multiplicarán por los coeficientes siguientes:
- Los ingresos procedentes de actividades económicas o participación en entidades superan los 155.500 euros durante 2022.
Casos en los que sí te corresponden las ayudas:
En los requisitos económicos se cuenta la renta anual de todos los miembros computables de la unidad familiar. El límite (umbral) de renta se publica cada año en el llamado decreto de umbrales.
Para tener derecho a recibir las ayudas, tu unidad familiar no debe superar la renta anual que marca la tabla.
MIEMBROS COMPUTABLES EN LA FAMILIA | UMBRAL €/AÑO |
---|---|
1 PERSONA | 11.937,00 |
2 PERSONAS | 19.444,00 |
3 PERSONAS | 25.534,00 |
4 PERSONAS | 30.287,00 |
5 PERSONAS | 34.370,00 |
6 PERSONAS | 38.313,00 |
7 PERSONAS | 42.041,00 |
8 PERSONAS | 45.744,00 |
A partir del octavo miembro se añadirán al umbral 3.672 euros por cada uno.
Por ejemplo, si tu familia la formáis 4 personas y la renta familiar es menor que 30.287 € al año, tendrías derecho a recibir las ayudas.
¿Cómo presentar las solicitudes para las Becas 2023/2024?
Las solicitudes se pueden realizar en la sede electrónica de manera telemática.
Solicitud a través de la sede electrónica
1- ENTRA EN LA SEDE ELECTRÓNICA
Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Una vez rellenado, tendrás que imprimir el formulario de solicitud y presentarlo en el centro educativo en el que vas a estudiar, si no tienes certificado electrónico.
CLIC PARA ENTRAR EN LA SEDE ELECTRÓNICA
2-REGÍSTRATE
Para registrarte, necesitas un usuario y una contraseña:
- Si ya te has registrado previamente para cualquier otro trámite, tu cuenta sigue siendo válida y no hace falta que te vuelvas a registrar.
- Si nunca te has registrado, clica en «Regístrese» y sigue los pasos para crear una cuenta.
Puedes acceder a la solicitud de beca de dos formas:
- con Cl@ve (claves electrónicas de administraciones públicas) o certificado electrónico, si dispones de ellos, o
- mediante el mismo usuario y contraseña con los que te registraste en la sede electrónica.
3- RELLENA EL FORMULARIO
Una vez dentro, tienes que rellenar el formulario online.
- Lee con calma las instrucciones del formulario, te darán información que tienes que tener en cuenta.
Cuando hayas terminado de introducir todos los datos en el formulario, te dará instrucciones para imprimir la solicitud en un fichero en formato PDF.
Junto a este fichero aparecerán también unos modelos de certificado que servirán para justificar que reúnes los requisitos para recibir la ayuda. También deberás imprimirlos y completarlos con la firma de los responsables de certificarlos (director o secretario del centro, equipos de orientación, etc.). En cada uno de ellos aparece quién deberá firmarlos.
- Cuando tengas la solicitud en papel, debe ser firmada por madre, padre o tutor del alumno/a para el que se solicita la beca.
También deben firmar la solicitud todos los miembros de tu unidad familiar que sean mayores de 18 años para autorizar a la Administración Tributaria a obtener los datos económicos necesarios.
- Una vez firmados la solicitud y los certificados, tienes que presentarlos en el centro donde vayas a matricularte.
En algunos casos, es posible que necesites entregar, además, otros documentos. Consulta, en el apartado Qué necesitas, los requisitos para saber cuáles son esos documentos.
Es importante que conserves el resguardo que te devolverán en el centro, sellado, para justificar que has presentado la solicitud.
Solicitud telemática
También puedes presentar la solicitud a través del registro telemático de este Ministerio, pero solo podrás hacerlo si tienes un certificado digital o clave electrónica. En este caso, también deberás seguir los pasos anteriores, pero en el momento en que acabes de introducir los datos en el formulario, te darán las instrucciones necesarias para presentar la solicitud firmada electrónicamente y adjuntar los certificados que se necesitan.
Estos certificados deberán estar firmados y escaneados, por lo que no podrás presentar la solicitud hasta que no tengas estos documentos. También deberás presentar una hoja, que te aparecerá junto a los certificados, en la que tienen que firmar todos los miembros de tu unidad familiar para autorizar a la Administración Tributaria a consultar sus datos económicos.
Plazos para solicitar las Becas 2023/2024
Las solicitudes de becas para el curso escolar 2023/2024 deben presentarse: del 8 de mayo al 20 de septiembre de 2023, ambos inclusive.
¿Cuál es el importe de las Becas 2023/2024?
Aclaración para alumnado con discapacidad motora escolarizados en centros preferentes de Madrid
En los casos de alumnado con discapacidad motora que asisten a centros educativos preferentes motóricos (por ejemplo en la Comunidad de Madrid), la asignación de gratuidad de comedor y ruta por parte del colegio debería ser automática, haciendo incompatible entonces la posibilidad de solicitar beca por esos dos conceptos.
Cuantía de las Becas 2023/2024: alumnado con discapacidad
Los alumnos que presentan necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, autismo o de trastorno grave de conducta podrán obtener ayuda para los siguientes conceptos y en las siguientes cuantías máximas:
ENSEÑANZA – Hasta 862 €
Si estudia en centros privados no concertados. Es una ayuda compatible con todas las demás.
TRANSPORTE INTERURBANO – Hasta 617 €
Si el centro en el que estudia se encuentra en una localidad diferente a la de tu domicilio. Las cuantías establecidas para las ayudas o subsidios de transporte se incrementarán hasta en un cincuenta por ciento cuando el alumno tenga una discapacidad motora reconocida superior al sesenta y cinco por ciento.
COMEDOR ESCOLAR – Hasta 574 €
Si acreditas que come en el centro.
RESIDENCIA ESCOLAR – Hasta 1.795 €
Si acreditas que hace uso de este servicio. Es una ayuda incompatible con las de comedor y de transporte interurbano y urbano, pero no con la de transporte para fin de semana.
TRANSPORTE FIN DE SEMANA – Hasta 442 €
Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial.
Las cuantías establecidas para las ayudas o subsidios de transporte se incrementarán hasta en un cincuenta por ciento cuando el alumno tenga una discapacidad motora reconocida superior al sesenta y cinco por ciento.
TRANSPORTE URBANO – Hasta 308 €
Si justificas que lo necesitas por el tipo de discapacidad y la distancia entre tu casa y el centro. Es incompatible con el transporte interurbano y el de traslado de fin de semana.
Las cuantías establecidas para las ayudas o subsidios de transporte se incrementarán hasta en un cincuenta por ciento cuando el alumno tenga una discapacidad motora reconocida superior al sesenta y cinco por ciento.
LIBROS Y MATERIAL DIDÁCTICO
– Hasta 105 € en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos de Grado Básico, Formación para la transición a la vida adulta y Otros programas formativos de formación profesional.
– Hasta 204 € en el resto de niveles de enseñanza post-obligatoria.
REEDUCACIÓN PEDAGÓGICA – Hasta 913 €
Si justificas que la necesitas y que no la puedes recibir en tu centro educativo.
REEDUCACIÓN DE LENGUAJE – Hasta 913 €
Si justificas que la necesitas y que no la puedes recibir en tu centro educativo.
SUBSIDIO DE CUANTÍA FIJA PARA GASTOS ADICIONALES DE CARÁCTER GENERAL – 400 €
Es compatible con el resto de ayudas y subsidios.
Subsidios
Tienes derecho a recibir un subsidio, aunque no cumplas los requisitos económicos, si tu familia es numerosa ya sea general o especial a 31/12/2022.
En estos casos, no te corresponderán las anteriores ayudas directas, pero sí los siguientes subsidios, si justificas que necesitas los servicios para:
AYUDAS | CUANTÍA EN EUROS |
---|---|
COMEDOR ESCOLAR Si acreditas que come en el centro. | Hasta 574 € |
TRANSPORTE INTERURBANO Si el centro en el que estudia se encuentra en una localidad diferente a la de tu domicilio. | Hasta 617 € |
TRANSPORTE URBANO Si justificas que lo necesitas por el tipo de discapacidad y la distancia entre tu casa y el centro. Este subsidio es incompatible con el subsidio de transporte interurbano. | Hasta 308 € |
Cuantía de las becas 2023/2024: alumnado con altas capacidades
- Podrá concederse como única ayuda a los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades intelectuales, una cantidad máxima de 913,00 euros para la asistencia a programas específicos para este colectivo que no se presten de forman gratuita por la correspondiente administración educativa.
- SUBSIDIO DE CUANTÍA FIJA PARA GASTOS ADICIONALES DE CARÁCTER GENERAL – 400 €
Más información sobre la tramitación de las Becas
Aquí te dejo los enlaces directos para que puedas leer la documentación oficial sobre las becas para el curso 2023/2024
Dudas sobre la tramitación de las Becas
Si la tramitación de estas Becas para el curso 2023/2024 te genera dudas, puedes contactar con el servicio de información de temas educativos:
- Teléfono: 910 837 937
- Horario: de lunes a viernes, de 9:00 a 17:30 horas.
Para consultas sobre temas educativos, también puedes llamar al teléfono de información 060 de la Administración General del Estado.
Si prefieres acercarte personalmente, te atenderán con cita previa en el Centro de Información al Ciudadano: Calle de los Madrazo, 15 (28014) Madrid
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