Movilidad Reducida

Beneficios fiscales por Movilidad Reducida

Hoy traigo un post con información sobre beneficios fiscales por tener Movilidad Reducida Positiva. En el blog ya he publicado cómo se valora la MR con el baremo que entró en vigor en 2023 y lo puedes ver aquí.

¿Qué es la Movilidad Reducida?

Antes de empezar con el recopilatorio de ayudas y beneficios para personas con movilidad reducida (PMR), me gustaría volver a aclarar que ésto no aplica a quienes tengan concedida solamente la discapacidad, que es una pregunta habitual que recibo a diario. 

La Movilidad reducida se valora en la misma valoración de discapacidad, pero tiene un baremo concreto y se debe puntuar con un 25% o más (desde el cambio de la Ley, antes eran 7 puntos o más) para que se considere que una persona tiene movilidad reducida positiva, es decir, que puede acceder a aquellos derechos propios de las PMR.

Hay personas con movilidad reducida positiva por dificultades motoras, pero también por otras situaciones de salud, circunstancias sensoriales, cognitivas o conductuales. Por tanto, es importante tener claro que aunque el pensamiento general asocia que una PMR es usuario de silla de ruedas, no siempre es así. 

hombre en silla de ruedas en el campo

Beneficios fiscales por movilidad reducida

Entre los beneficios fiscales para las personas con movilidad reducida, podemos diferenciar aquellos que se aplican en la declaración de la Renta (propia o  por ascendientes/descendientes), reducciones o exenciones en otros tributos y reducciones en el IVA por la compra de determinados productos, servicios.

Beneficios en IRPF (Renta) por movilidad reducida

A la hora de hacer la declaración de la Renta, las personas con movilidad reducida (o bien sus progenitores/tutores, en caso de ser menores de edad o bien mayores convivientes con curatela o incapacitación), hay una serie de reducciones fiscales que harán que se tribute menos en el Impuesto a la Renta de Personas Físicas (IRPF).

 

Beneficios fiscales en Renta para trabajadores activos con movilidad reducida

Los trabajadores activos con discapacidad,  tienen derecho a una reducción fiscal según el siguiente detalle:

  • Con discapacidad Igual o superior al 33% e inferior al 65% 3.500 €
  • Con discapacidad Igual o superior al 33% e inferior al 65% que acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida 7.750 €
  • Con discapacidad Igual o superior al 65% 7.750 €

Por tanto, como has visto, la reducción fiscal en caso de estar en un 33 a 64%, se incrementa de 3.500 € a 7.750 € en caso de contar con Movilidad Reducida Positiva.

Beneficios fiscales en Renta por descendientes y/o ascendientes con Movilidad Reducida

Por otro lado, en el caso de descendientes o ascendientes con discapacidad,  también existe un incremento en la reducción fiscal por mínimos en la declaración de la Renta  según el siguiente detalle:

  • Con discapacidad Igual o superior al 33% e inferior al 65% 3.000 €
  • Con discapacidad Igual o superior al 33% e inferior al 65% que acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida  6.000 €
  • Con discapacidad Igual o superior al 65% 12.000 €

Por tanto, la reducción fiscal en caso de tener entre un 33 a 64% de discapacidad, se incrementa de 3.000 € a 6.000 € en caso de contar con Movilidad Reducida Positiva.

Beneficios fiscales en la compra, reparación y adaptación de vehículos para personas con movilidad reducida

coche de juguete sobre una mesa, al lado de unas pilas de monedas

IVA reducido en la compra de vehículos para personas con movilidad reducida

Estos beneficios por la compra de vehículos para personas con Movilidad Reducida, lo puedes ver en detalle en esta publicación que hice hace un tiempo.

Es importante tener en cuenta que  la aplicación del IVA reducido en la compra de vehículos, que se reduce del 21 al 4%, es posible tanto si el vehículo es de titularidad de la persona con Movilidad Reducida como de quienes sean responsables de sus traslados:

  • Que el adquirente sea cónyuge de la persona con movilidad reducida o tenga una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive.

  • Que el adquirente esté inscrito como pareja de hecho de la persona con movilidad reducida en el Registro de parejas o uniones de hecho de la Comunidad Autónoma de residencia.

  • Que el adquirente tenga la condición de tutor, representante legal o guardador de hecho de la persona con movilidad reducida.

  • Que el adquirente demuestre la convivencia con la persona con movilidad reducida mediante certificado de empadronamiento o por tener el domicilio fiscal en la misma vivienda.

No se puede solicitar el IVA reducido para la compra de vehículo para persona con movilidad reducida, si no han pasado al menos 4 años de la compra anterior con la misma reducción (salvo excepciones, como puede ser el caso de que el coche haya tenido un siniestro total).

IVA reducido para la adaptación de vehículos para personas con movilidad reducida

El IVA reducido del 4% se aplica a los gastos de adaptación  de vehículos para el traslado habitual de personas con movilidad reducida, con independencia de quien sea el conductor de los mismos.

IVA reducido para la reparación de vehículos especiales para personas con movilidad reducida

El IVA reducido del 4% se aplica a los gastos de reparación  de vehículos de personas con movilidad reducida, siempre que se cumplan uno de los siguientes requisitos:

  1. tara no superior a 350 kg y velocidad no superior a 45 km/h para uso exclusivo de la persona con movilidad reducida.
  2. sillas de ruedas para uso exclusivo de la persona con movilidad reducida.

La reparación del resto de los vehículos tributa al 21%, aunque estén destinados al transporte de personas con discapacidad o con movilidad reducida.

Beneficios fiscales en el Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM) de vehículos para personas con movilidad reducida

La mayoría de ayuntamientos cuenta con una exención del IVTM para los vehículos que sean de titularidad de una persona con movilidad reducida.

A diferencia del IVA reducido en la compra de vehículos, en este caso, lo habitual es que los ayuntamientos sólo concedan la exención cuando el coche está a nombre de la persona con movilidad reducida ( no aplicaría en el caso de vehículos matriculados a nombre de los progenitores, por ejemplo.).

Reducción en el precio de la tasa para pasar la ITV de vehículos adaptados para personas con movilidad reducida

Esto no es algo totalmente generalizado en las diferentes Comunidades Autónomas, pero en muchas, incluyendo Madrid, en cualquier ITV de la Comunidad las personas con movilidad reducida  que precisan adaptación en el vehí­culo, están exentos del pago de las tasas de dicha inspección (sí­ que pagan las tasas de las revisiones periódicas).

En el caso de la ITV de vehículos para personas con movilidad reducida (no de las adaptaciones), existen descuentos al precio de la inspección y las tasas, pero es importante consultar la normativa específica de cada comunidad autónoma y las empresas que brindan el servicio de la inspección.

 

En próximas publicaciones, te contaré los descuentos en el transporte y otros beneficios específicos para personas con movilidad reducida. Espero que el post de hoy te haya sido de utilidad.

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