Hoy os traigo la guía actualizada de ayudas y beneficios para personas con discapacidad, como lo vengo haciendo cada año. Corresponde a la última revisión de enero de 2020.
Como os comentaba en este Post, hay una gran variedad de trámites que realizar cuando recibimos el diagnóstico de nuestro hijo.
Parte de estos trámites se materializarán en ayudas, prestaciones y/o beneficios una vez que el peque obtenga su certificado de discapacidad.
¿Por qué solicitar la discapacidad de mi hijo/a?
Independientemente de las consecuencias anímicas de tramitar este certificado (sigo sin entender cómo no hay apoyo psicológico por protocolo a las familias cuando reciben/recibimos un diagnóstico…y ya ni os digo cuando nos dan el porcentaje de discapacidad de nuestro bebé!) debemos respirar hondo y realizar todas las gestiones pertinentes para poder acceder a terapias, especialistas, escolarización y ayudas que correspondan. No perdamos de vista que serán claves para el desarrollo de nuestro niño o niña.
Primer paso: certificado de discapacidad y posible movilidad reducida.
Entre las gestiones que debemos llevar a cabo, la mayoría de padres y madres con crianza atípica, coincidiremos en las siguientes solicitudes (las enlazo con la información publicada para la C. Madrid):
- Certificado de Discapacidad en Centro Base (en Madrid: Crecovi para menores de 6 años)
- Certificado de Movilidad Reducida (a baremar con el Cert. Discapacidad por regla general a partir de los 3 años, o antes en circunstancias excepcionales).
Una vez tengamos el primero (y si corresponde, también el segundo), podremos acceder a las ayudas, beneficios, prestaciones y demás que se reservan para este colectivo.
Seguro te interesa leer mi post sobre cómo obtener hasta € 10.000 de ayudas al año si tenéis un hijo o hija con discapacidad.
En algunos casos dependerán del porcentaje del certificado, siendo los puntos de inflexión habituales en el acceso (o la cuantía) de las ayudas: 0 a 32%, 33 a 64% y más del 65%.
Ayudas por hijo con discapacidad disponibles en 2020 en España
OADIS acaba de publicar una nueva versión de la guía de ayudas para personas con discapacidad, actualizada a enero de 2020.
Por si no lo sabéis, la Oficina de Atención a la Discapacidad, OADIS, dependiente del Consejo Nacional de la Discapacidad, es la encargada de promover la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
¿Qué servicios presta OADIS?
En OADIS, aparte de publicar diverso material divulgativo y sobre ayudas, reciben consultas y quejas de personas con discapacidad, asociaciones e instituciones relacionadas con ellas, que de alguna forma han visto vulnerados sus derechos o se consideran haber sido objeto de discriminación.
Este organismo, tras analizar y estudiar la consulta o queja, ofrece asesoramiento, responde al interesado dándole recomendación y consejo sobre las vías de actuación más adecuada a cada caso. Posteriormente, realiza un seguimiento de las recomendaciones.
La consultas pueden realizarse por diferentes vías: correo electrónico, atención telefónica, fax, también cuentan con intérprete en lengua de signos (siempre que se haya solicitado con anterioridad a la cita) y el apoyo a la comunicación oral a través de bucle de inducción por labiolectura.
¿Cómo utilizar los servicios de OADIS?
Nosotros aun no hemos utilizado sus servicios, pero si los necesitáis aquí os dejo los datos:
¿Quién puede usar los servicios de OADIS? Cualquier persona con discapacidad, familiares, asociaciones relacionadas con la discapacidad, el proceso de tramitación de la consulta o queja es totalmente gratuito.
¿Cuál es la Dirección y el horario de atención? Las oficinas de OADIS se encuentran en la Calle Alcalá 37 7ª planta (28014) de Madrid. El horario de atención es de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
¿Cómo puedo realizar el seguimiento de mis trámites? Si has presentado una consulta y /o queja y quieres conocer su estado de tramitación , puedes ponerte en contacto con OADIS llamando a estos números de teléfono: 91 822 65 12 / 91 822 65 13 / 91 822 65 14 / 91 822 65 23 / 91 822 65 25, por Fax: 91 209 03 59 y 91 524 68 98 & Correo electrónico: oadis@msssi.es
Nuestra experiencia con las ayudas por hijo con discapacidad.
Con respecto a las ayudas de esta guía, nosotros de momento hemos podido acceder a:
- Reducción del IVA en la compra de vehículo por el certificado de movilidad reducida (PMR)
- Reducción del IVA en la compra de férulas (dafos, valvas, ortesis) en la ortopedia por el certificado de discapacidad.
- Deducción por descendiente con discapacidad con pago anticipado del IRPF (RENTA). € 1200 al año.
- Prestación por hijo a cargo de la TGSS. € 1000 al año.
- Solicitud de la Ley de Dependencia.
- Apoyos en la escolarización y plaza en centro ordinario preferente para alumnado con discapacidad motora.
- Servicio de ruta (transporte escolar) y gratuidad de comedor en el colegio desde los 3 años.
- Gratuidad en el uso de plazas de aparcamiento en las vías públicas en zonas de pago, por la tarjeta de PMR.
- Constitución de un Patrimonio Protegido para personas con discapacidad, a favor de nuestro hijo.
Seguro te interesa leer mi post sobre el Patrimonio Protegido para personas con discapacidad.
Discapacidad y consideración de Familia Numerosa.
Según el artículo 2 de la ley 40/2003, de 18 de noviembre (Ley de familias numerosas) se equiparan a Familia Numerosa las familias constituidas por:
A) Uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes, siempre que al menos uno de éstos sea persona con discapacidad o esté incapacitado para trabajar.
B) Dos ascendientes, cuando ambos fueran personas con discapacidad, o, al menos, uno de ellos tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100, o estuvieran incapacitados para trabajar, con dos hijos, sean o no
comunes.
Al poder ser considerados Familia Numerosa , ya que tenemos 2 hijos (uno de ellos con discapacidad) también nos beneficiamos de las siguientes ayudas:
- Ayudas y deducciones correspondientes a las Familias Numerosas. Por ejemplo la reducción del 50% de la cuota de la Escuela Infantil de primer ciclo, descuento en los suministros de electricidad y agua.
- Reducción de un 20% sobre las tarifas de transporte público en Madrid.
- Deducción por familia numerosa y pago anticipado del IRPF (renta). Supone € 1200 al año.
- Reducción del 50% en las tarifas de los Centros de Deportes Municipales, por ser Familia Numerosa General (en caso de Especial llega al 90%).
- Exención en el pago de tasas para la emisión del DNI y Pasaporte.
- Acceso a la reducción del doble de cuantía en el plan prever cuando cambiamos de coche (por uno de más de 5 plazas).
No he localizado en esta guía, sin embargo, la posibilidad de gestionar la tarjeta de deporte adaptado para los centros deportivos municipales (que mi hijo ya tiene) y permite el acceso a muchas actividades sin cargo, o con precios muy reducidos.
Tampoco se hace referencia a las actividades de ocio (excepto las del IMSERSO), ni a la prestación por la Ley de Dependencia, que aunque es cierto que no implica tener una discapacidad, es bastante lógico que si se la tiene, se acceda a esta ayuda.
Seguro te interesa saber cómo solicité la Ley de Dependencia para mi hijo con discapacidad.
Por otro lado, tanto el certificado de discapacidad como el de Familia Numerosa, permiten acceder a descuentos y reducciones de tarifas en algunos comercios de ropa, hostelería y ocio, o bien la gratuidad del acompañante en algunos Parques de Atracciones, entre otras cosas..
Si tenéis experiencia utilizando los servicios de OADIS así como cualquier consejo/dato que pueda compartir a las familias que lean este Post, no dudéis en incluirlo en los comentarios.
Nos leemos.
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